Aprueban comisiones del Senado reformas secundarias de AMLO al Poder Judicial

México, 12 de abril de 2021.- Las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos Segunda del Senado aprobaron por 18 votos en pro, 2 en contra y 3 abstenciones las iniciativas que envió el presidente Andrés Manuel López Obrador en marzo pasado para expedir la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación.

Estas leyes establecen un esquema sancionatorio para castigar el nepotismo, actualizan la causal de responsabilidad administrativa en los casos de acoso y hostigamiento sexual y prevén la inhabilitación hasta por 20 años de ministros, magistrados y jueces por la comisión de faltas graves.

Prevén la suspensión del empleo, cargo o comisión, destitución de éstos, sanción económica e inhabilitación temporal para desempeñarse en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas en caso de la comisión de faltas graves.

En el caso de la comisión de faltas administrativas no graves, las sanciones consistirán en:

Amonestación privada o pública, suspensión del empleo, cargo o comisión, destitución de su empleo, cargo o comisión e inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.

También, se impone un esquema de sanciones para personas físicas y morales, que van desde la sanción económica, inhabilitación hasta por 8 años para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, indemnización por los daños o perjuicios ocasionados al patrimonio del Poder Judicial de la Federación o a la hacienda pública federal, suspensión de actividades hasta por 3 años, hasta la disolución de la sociedad respectiva.

Miguel Ángel Mancera, coordinador del PRD, destacó que estas garantizarán contar con jueces y magistrados con autonomía:

“Me parece que viene a blindar parte de la preocupación que aquí yo he escuchado, que es que podamos contar con jueces, juezas, magistrados y magistradas con autonomía y con seguridad jurídica en todos y cada uno de sus procedimientos. (…) Se prevé que todas las investigaciones y todos los procedimientos, se debe respetar la presunción de inocencia. Se debe de garantizar el derecho de audiencia a las personas involucradas. Se señalan los supuesto para iniciar una investigación disciplinaria”.

En las normas se establece como una causal de responsabilidad administrativa expresa que quienes valiéndose de sus atribuciones directa o indirectamente designen, nombren o intervengan para que se contrate en cualquier órgano jurisdiccional o área administrativa del Poder Judicial de la Federación en que ejerza funciones a personas con las que tenga lazos de parentesco por consanguinidad, afinidad hasta el cuarto grado o vínculo de matrimonio, concubinato o afectivo.

También, se sancionará con responsabilidad administrativa los nombramientos cruzados, estableciéndose como causal atribuible a las personas que hubieran recibido un nombramiento de base, interino o de confianza y éstos extiendan nombramientos a los cónyuges, concubinos, convivientes o parejas en relaciones análogas o a parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado de la persona que los nombró.

Los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación tendrán la obligación de presentar su declaración patrimonial y las demás aplicables.

Otros de los propósitos de estas leyes, son:

Consolidación de una verdadera carrera judicial para todas las categorías, a las que se acceda por concurso de oposición.

Limitación a la discrecionalidad de los nombramientos otorgados por las magistradas y los magistrados, así como por las juezas y los jueces a fin de garantizar que sólo se otorguen a los vencedores en los concursos.

Establecimiento de políticas que orienten las determinaciones del Consejo de la Judicatura Federal en materia de adscripciones, readscripciones, reincorporaciones y ratificación de juzgadores.

Fortalecimiento del Instituto Federal de Defensoría Pública consolidando su sistema de carrera y ampliando sus servicios.

Apuntalar el rol de la Suprema Corte de Justicia de la Nación como tribunal constitucional, permitiendo que enfoque su energía únicamente en los asuntos más relevantes para el orden jurídico nacional.

Establecimiento de Plenos Regionales, en sustitución a los Plenos de Circuito, como órganos del Poder Judicial de la Federación encargados de resolver las contradicciones de tesis en los circuitos sobre los que ejerzan jurisdicción, así como todos los conflictos competenciales que se susciten en el país entre los órganos jurisdiccionales.

Transformación de los Tribunales Unitarios de Circuito en Tribunales Colegiados de Apelación, con una integración colegiada que asegure mejor calidad y mayor certeza en sus resoluciones.