México, 15 de abril de 2021.- El pleno del Senado aprobó reformas para combatir los privilegios, la corrupción, el nepotismo, el hostigamiento y el acoso sexual en el Poder Judicial de la Federación, que también prevén la inhabilitación hasta por 20 años de jueces, magistrados y ministros por la comisión de faltas graves.
Con la expedición de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación -avalada con 94 votos en pro, 19 en contra y 2 abstenciones- y de la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación -aprobada con 105 votos en pro, 8 en contra y 1 abstención- propuestas por el presidente Andrés Manuel López Obrador se contempla:
La suspensión del empleo, cargo o comisión, destitución, sanción económica e inhabilitación temporal para desempeñarse en el servicio público y participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas en caso de la comisión de faltas graves.
En el caso de la comisión de faltas administrativas no graves, las sanciones consistirán en:
Amonestación privada o pública; suspensión del empleo, cargo o comisión; destitución de su empleo, cargo o comisión e inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.
Se impone un esquema de sanciones para personas físicas y morales, que va desde la sanción económica; inhabilitación hasta por 8 años para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.
Indemnización por los daños o perjuicios ocasionados al patrimonio del Poder Judicial de la Federación o a la hacienda pública federal; suspensión de actividades hasta por 3 años, cdhasta la disolución de la sociedad respectiva.
Los partidos políticos fijaron postura a favor y en contra de las reformas.
Claudia Ruiz Massieu, senadora del PRI, dijo que con la expedición de estas leyes se consolidará un Poder Judicial mejor capacitado y más profesional.
“Establece las condiciones necesarias para robustecer su independencia. (…) Con la aprobación de este dictamen contribuiremos a consolidar un Poder Judicial de la Federación mejor organizado y más funcional, gracias a la sustitución de los plenos de Circuito por los plenos regionales, así como los tribunales unitarios por tribunales colegiados de apelación, naturalmente se enriquecerán las resoluciones al propiciarse una mayor deliberación al interior de los órganos jurisdiccionales”.
El senador del PAN, Damián Zepeda, advirtió que estas leyes tienen cosas peligrosas, pues concentran el poder en una sola persona.
“El paso de tribunales unitarios a colegiados, (…) porque me preocupa en lo personal ese cambio, porque es previsible que van a invadir al Poder Judicial. (…) Y si sabemos que el Consejo de la Judicatura lo domina el Poder Ejecutivo y si sabemos que ese Consejo de la Judicatura es el que va a nombrar, pues porque le damos la facultad de nombrar a cientos de magistrados, es un absurdo. Mañana te vas andar quejando de las decisiones no objetivas”.
Miguel Ángel Mancera, coordinador del PRD, aseveró que este es un paso acertivo para fortalecer al Poder Judicial de la Federación.
“Este paquete de reformas van a la restructuración de la carrera judicial, de la disciplina judicial y, por supuesto, de los derechos también de las y los juzgadores”.
El coordinador de Movimiento Ciudadano, Dante Delgado, anticipó que su bancada no avalaría una reforma cuyo origen es el monólogo, la nula consulta a jueces y magistrados del Poder Judicial y la imposición.
“Una reforma que permite la concentración del poder en el presidente de la Judicatura, que lo es al propio tiempo, el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y que está soportado por consejeros por este Senado y vinculados al titular del Poder Ejecutivo. (…) Esa concentración del poder en la figura del presidente de la Corte, afecta la independencia de jueces y magistrados”.
En las normas se establece como una causal de responsabilidad administrativa expresa que quienes valiéndose de sus atribuciones directa o indirectamente designen, nombren o intervengan para que se contrate en cualquier órgano jurisdiccional o área administrativa del Poder Judicial de la Federación en que ejerza funciones a personas con las que tenga lazos de parentesco por consanguinidad, afinidad hasta el cuarto grado o vínculo de matrimonio, concubinato o afectivo.
También, se sancionará con responsabilidad administrativa los nombramientos cruzados, estableciéndose como causal atribuible a las personas que hubieran recibido un nombramiento de base, interino o de confianza y éstos extiendan nombramientos a los cónyuges, concubinos, convivientes o parejas en relaciones análogas o a parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado de la persona que los nombró.
Los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación tendrán la obligación de presentar su declaración patrimonial y las demás aplicables.
Otros propósitos de estas leyes, son:
La consolidación de una verdadera carrera judicial para todas las categorías, a las que se acceda por concurso de oposición.
Limitación a la discrecionalidad de los nombramientos otorgados por magistradas y l magistrados, así como por juezas y jueces a fin de garantizar que sólo se otorguen a los vencedores en los concursos.
Establecimiento de políticas que orienten las determinaciones del Consejo de la Judicatura Federal en materia de adscripciones, readscripciones, reincorporaciones y ratificación de juzgadores.
Fortalecimiento del Instituto Federal de Defensoría Pública consolidando su sistema de carrera y ampliando sus servicios.
Apuntalar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación como tribunal constitucional, permitiendo que enfoque su energía únicamente en los asuntos más relevantes para el orden jurídico nacional.
Establecimiento de Plenos Regionales, en sustitución a los Plenos de Circuito, como órganos del Poder Judicial de la Federación encargados de resolver las contradicciones de tesis en los circuitos sobre los que ejerzan jurisdicción, así como todos los conflictos competenciales que se susciten en el país entre los órganos jurisdiccionales.
Transformación de los Tribunales Unitarios de Circuito en Tribunales Colegiados de Apelación, con una integración colegiada que asegure mejor calidad y mayor certeza en sus resoluciones.