México, 20 de octubre de 2021.- El pleno del Senado aprobó con 118 votos en pro y 2 abstenciones reformas a 8 ordenamientos legales para prohibir la subcontratación laboral u outsourcing en las empresas privadas y en el gobierno.
La subcontratación se equipara como defraudación fiscal.
Sólo se permitirá la subcontratación laboral de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas, que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos, siempre que el contratista esté registrado en el padrón público.
La subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas, deberá formalizarse mediante contrato por escrito.
Las personas físicas o morales que proporcionen servicios de subcontratación deberán contar con un registro ante la Secretaría del Trabajo
Para obtener el registro deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social
A quien realice la subcontratación de personal sin contar con el registro, se le impondrá multa de 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, de 179.240 a 4,481,000 pesos.
Los partidos políticos fijaron postura en pro del dictamen.
Germán Martínez, senador de Morena:
“El trabajo no es una mercancía, (…) considerar al trabajo humano como mercancía o como simple elemento de la producción atenta contra la dignidad del trabajador y contra el orden de la comunidad. (…) Porque no podemos seguir en una sociedad de consumo voraz, no podemos seguir en una sociedad de mercado que humilla al obrero, al campesino, al jornalero con esquemas de avaricia, nomineros, factureros, criminales, ladrones del esfuerzo de los trabajadores, a muchos ya les dimos chanza durante esta reflexión de escapar, algunos andan con órdenes de aprehensión escapando, porque se han robado el fruto del trabajo de los trabajadores”.
El senador del PAN, Gustavo Madero:
“El outsourcing se regula, pero no se elimina. Yo no quisiera que se engañará a la gente. Si se dice en un artículo que se prohíbe, pero en el siguiente artículo se permite, (…) yo quisiera que fuéramos honestos en el sentido de decir se avanza, no se elimina. (…) Votamos a favor de estos avances, para impedir los abusos”.
Claudia Ruiz Massieu, senadora del PRI:
“Para el sector público la aprobación del presente dictamen contribuirá al fortalecimiento de las finanzas públicas a partir del cumplimiento efectivo de las obligaciones fiscales y de seguridad social por parte de las empresas. Para el sector privado se traducirá en certidumbre jurídica que les permitirá mantener la subcontratación, como una herramienta, para responder con eficiencia a los retos y necesidades del proceso productivo en una economía globalizada. Pero, lo más importante es que para las y los trabajadores esta regulación salda una deuda histórica del Estado mexicano al garantizar el ejercicio efectivo de sus derechos laborales, independientemente, de su esquema de contratación”.
Las modificaciones a la Ley Federal de Trabajo, a la Ley del Seguro Social, a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, al Código Fiscal de la Federación, a la Ley del Impuesto sobre la Renta, a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y a la Ley Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política concede a los trabajadores el derecho
a participar en el reparto de utilidades.
El monto de la participación tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años.
Para las empresas privadas las reformas entrarán en vigor el 1º de agosto de 2021.
En el caso del gobierno federal estas cobrarán vigencia el 1º de enero de 2022.
El decreto se turnó al Ejecutivo Federal para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación.