Violó AMLO Constitución con informe de 100 días de tercer año de gobierno

México, 26 de mayo de 2021.- Este miércoles, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador incurrió en propaganda electoral con la rendición de su informe de los primeros 100 días de su tercer año de gobierno, pues en seis estados había iniciado el proceso electoral.

El magistrado José Luis Vargas Valdez detalló que al 30 de marzo, fecha del informe, en los estados de Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí y Sonora ya habían arrancado las campañas.

«No hay duda de que en la fecha en que se realizó el evento, 30 de marzo, tendríamos que considerar que ya habían comenzado algunas campañas electorales en el país, en particular en 6 entidades federativas, y por lo tanto ese aspecto estaba prohibido por la Constitución y las normas secundarias», expuso.

En sesión a distancia, los magistrados consideraron que el informe por los primeros 100 días del tercer año de gobierno sí violó el principio de neutralidad constitucional.

Por unanimidad, los magistrados determinaron regresar a la Sala Especializada el caso, para que analice las consecuencias jurídicas y medidas de no repetición a las que se hará acreedor el presidente en una nueva sentencia.

La difusión de dicho informe por los canales oficiales el pasado 30 de marzo, constituyó una violación al artículo 41 de la Constitución, porque tuvo el objetivo de “persuadir a la sociedad de que el estilo de su gestión gubernamental resultaba loable, en una fecha en que ya había iniciado el proceso electoral en todo el país y se desarrollaban campañas en seis estados.