Tribunal Colegiado absuelve a Kamel Nacif de tortura a Lydia Cacho

México, 27 de julio de 2021.- El Tercer Tribunal Colegiado en Quintana Roo otorgó un amparo a José Kamel Nacif Borge, el pasado 15 de julio, que lo libera de toda responsabilidad por el delito de tortura en contra de la periodista, Lydia Cacho, bajo el argumento de que no existió una orden escrita que, expresamente, haya dado pie a los agravios cometidos en su contra el 16 y 17 de diciembre de 2005.

En abril pasado, el Segundo Tribunal Unitario en el estado negó un amparo a Kamel Nacif. Ante ello, el empresario interpuso un recurso de revisión, resuelto por el Tercer Tribunal Colegiado, liberándolo de toda responsabilidad.

La resolución del amparo en revisión 143/2021, fue votada a favor por Selina Haydé Avante Juárez, magistrada ponente del asunto, y Graciela Bonilla González, secretaria de tribunal en funciones de magistrada, con el voto en contra del magistrado, Jorge Mercado Mejía, informaron hoy la propia Cacho Ribeiro; su abogada, Araceli Andrade y la organización Article 19- México.

Para ambas magistradas, los hechos ocurridos el 16 y 17 de diciembre de 2005 -cuando Lydia fue aprehendida y torturada de Cancún a Puebla- no tuvieron relación con la publicación del libro “Los Demonios del Edén: el poder de la pornografía infantil en México”.

A su juicio, tampoco existe evidencia escrita de que se haya dado una orden expresa de que fuese hostigada o lastimada, lo que rompe la cadena de mando y ubica los agravios que sufrió como producto del comportamiento irresponsable de los policías que intervinieron en su detención.

Al valorar las conversaciones telefónicas entre el exgobernador de Puebla, Mario Marín, referenciado en ellas como “el gober precioso”, y Kamel Nacif, reveladas en febrero de 2006, el Tercer Tribunal Colegiado consideró que, cuando Marín dice que acababa de dar “un pinche coscorrón a esta vieja cabrona (sic)”, se trata de una afirmación “vaga y genérica” que en México es utilizada para identificar a una mujer.

En sus razonamientos, las magistradas llegaron al grado de señalar que “ante la falta de precisión de algún nombre, no puede concluirse que, entre todas las mujeres del mundo, los que intervinieron en la llamada se referían en específico a la sujeto pasivo (Lydia Cacho)”.

Ambas, consideraron poco relevante que automóviles propiedad de Nacif Borge acompañaran de forma ilegal a los policías judiciales durante el traslado de Cacho en el trayecto de Puebla-Cancún-Puebla.

Esta nueva sentencia ya no puede combatirse jurídicamente y marca la línea que se aplicará en el caso del exgobernador de Puebla, Mario Marín, detenido en febrero de este año, e interno en la cárcel de Cancún, al dictársele el auto de formal prisión como autor intelectual de la tortura infringida a la escritora y defensora de derechos humanos, indicó Leopoldo Maldonado, director de Article 19.

“Con esta determinación se abre camino para la absolución del resto de los acusados”, coincidieron hoy, en conferencia de prensa, Cacho, Maldonado, Andrade Tolama y Luis Knapp. (Con información de El Universal)