México, 20 de septiembre de 2021.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció que la objeción de conciencia es constitucional, pero la invalidó de la Ley General de Salud, porque el Congreso de la Unión no estableció parámetros claros para ejercerla.
Este martes los ministros retomarán el tema para establecer qué lineamientos deben incluir los legisladores federales y enviarán un exhorto al Congreso de la Unión para que corrija la ley.
La objeción de conciencia es la figura por la cual el personal de salud puede negarse a participar en ciertos procedimientos por razones ideológicas, religiosas o éticas y fue incluido en la Ley General de Salud desde el 2014.
Desde la semana pasada, el pleno de la Corte reconoció que este derecho es constitucionalmente válido, pero los ministros observaron que el Congreso de la Unión únicamente estableció que no puede ser ejercido cuando la vida del paciente esté en riesgo o cuando se trate de una urgencia médica.
Al respecto, el ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, advirtió que la objeción de conciencia es comúnmente utilizada por personal médico para no practicar abortos, lo que puede ser utilizado como una herramienta para impedir a las mujeres ejercer su derecho a decidir, mismo que fue reconocido por la Corte hace dos semanas.