Declara Permanente constitucionalidad de la Ley ‘3 de 3’

México, 24 de mayo de 2023.- El pleno de la Comisión Permanente, realizó la declaratoria de constitucionalidad de la Ley “3de 3” que suspende los derechos para ocupar cargo de elección popular, empleo o comisión del servicio público a deudores alimentarios y/o violentadores.

Las legislaturas locales de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, México, Morelos, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán, Zacatecas y Ciudad de México dieron su voto aprobatoria para darle aval a esta reforma que modifica los artículos 38 y 102 de la Constitución Política.

El presidente de la Comisión Permanente, el senador de Morena, Alejandro Armenta, hizo la declaratoria de constitucionalidad, conforme lo establece el artículo 135 de la Constitución Política.

“La Comisión Permanente del Congreso de la Unión declara aprobado el decreto que reforma alos artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público. Se remite al Diario Oficial de la Federación para su publicación. ¡Qué vivan las mujeres de México!”.

Esta reforma propone que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspendan por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales y el normal desarrollo psicosexual.

También, establece que la persona que cometa estos ilícitos no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.

Refiere, también que para que una persona pueda ser titular de la Fiscalía General de la República se requiere ser ciudadana mexicana por nacimiento, en ejercicio de sus derechos, tener cuando menos 35 años cumplidos al día de la designación.

La otra reforma a la que se le declaró la validez constitucional es la que modifica los artículos 55 y 91 de la Ley Suprema que reduce de 21 a 18 años la edad para ser diputado y de 30 a 25 años la edad para ser titular de una secretaría de Estado.

Los decretos se enviaron al Diario Oficial de la Federación para su publicación.