Barcelona, 22 de febrero de 2024.- La Audiencia de Barcelona condenó al futbolista Dani Alves a cuatro años y medio de cárcel por violar a una joven en el baño de un reservado de la discoteca Sutton la noche del 30 diciembre de 2022, forzando su voluntad “con uso de la violencia”.
En la sentencia, notificada hoy, la sección 21ª de la Audiencia de Barcelona condenó por un delito de agresión sexual a Alves, que ya lleva poco más de un año en prisión preventiva, a cuatro años y medio de cárcel, cinco de libertad vigilada y nueve de alejamiento de la víctima, a la que deberá indemnizar con 150 mil euros, dinero que ya ha consignado como fianza.
En el juicio, que se celebró entre el 5 y el 7 de febrero pasados, la Fiscalía pidió nueve años de cárcel para Alves y la acusación particular, doce, aunque la sala la fija finalmente en cuatro años y medio al aplicarle la atenuante de reparación del daño y el Código Penal vigente cuando violó a la víctima, que era la inicial ley del “solo sí es sí” de la exministra Irene Montero.
La sala, que rechazó la atenuante de embriaguez que planteó la defensa, concluyó que se ha acreditado que Alves, haciendo “uso de su mayor fuerza”, cogió “bruscamente” a la víctima, la tiró al suelo y, evitando que se pudiera mover, la violó, “pese a que la denunciante decía que no, que se quería ir”.
Según la Audiencia, al encontrarse la víctima en un pequeño aseo sin posibilidad de salida, al impedírselo Alves, y ante la “actitud violenta” que este mostraba, “se sintió impresionada y sin capacidad de reacción, llegando a sentir que le faltaba el aire dada la situación de angustia y terror ante lo que estaba viviendo”.
La sala no alberga “ninguna duda” de que se produjo la violación y de que Alves utilizó la “violencia”, ya que el relato de la víctima respecto de lo que ocurrió en el interior del baño ha sido “coherente y especialmente persistente” y además se ve apuntalado por “suficientes” pruebas periféricas, como las lesiones que sufrió en una rodilla, por las que también impone al futbolista una multa de 9.000 euros.
También resaltó la Audiencia que el hecho de que Alves se marchara de la discoteca sin despedirse de la víctima ni interesarse por ella, pese a pasar a poca distancia, demostró que el futbolista era consciente de que “había actuado en contra de la voluntad de la víctima y tenía interés por abandonar lo antes posible el local”.