México, 16 de marzo de 2024.- Un juez de Distrito dejó sin efecto el auto de formal prisión contra Héctor “Güero” Palma Salazar, narcotraficante del Cártel de Sinaloa, por el delito de homicidio calificado.
El juzgado ordenó reponer el proceso a fin de que la autoridad judicial responsable cumpla el debido proceso, pues omitió desahogar testimoniales, interrogatorio y careo entre testigos de los hechos.
Conrado Alcalá Romo, juez Tercero de Distrito, concedió un amparo al sinaloense, tras considerar que el juez Segundo de lo Penal del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, no cumplió con las formalidades esenciales del procedimiento cuando decidió procesar a “El Güero” Palma, en mayo de 2023, por su presunta responsabilidad en el asesinato del subdirector del penal de Puente Grande, Jalisco.
La acusación impidió al capo salir en libertad del penal de máxima de seguridad del Altiplano, en el Estado de México, luego de que un Tribunal de Apelación ordenó su excarcelación, porque la Fiscalía General de la República (FGR) no contaba con los elementos suficientes para procesarlo por el delito de delincuencia organizada.
En su sentencia de amparo, Alcalá Romo determinó que el juez penal no realizó las gestiones necesarias para notificar a los testigos que declararían en las diligencias en favor del capo sinaloense, no obstante que se le ofrecieron en tiempo y forma, violando con ello su garantía de audiencia y defensa.