México, 24 de abril.- Con 258 votos a favor, 213 en contra y 0 abstenciones, la Cámara de Dipurtados aprobó en lo general y en lo particular la reforma a los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución en materia en materia de suspensión del acto reclamado e inconstitucionalidad de normas generales.
La ley limita a jueces a suspender leyes, reformas u obras impugnadas mediante el juicio de amparo.
Los cambios establecen que:
“Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales”.
La oposición afirmó que estas modificaciones representan una venganza del presidente López Obrador contra el Poder Judicial por las sentencias en contra de sus obras insignia.