Promulga AMLO decreto que crea Fondo de Pensiones para el Bienestar; entra en vigor este 1° de mayo

México, 30 de abril.- El presidente Andrés Manuel López Obrador, promulgó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto para la creación Fondo de Pensiones para el Bienestar.

Este reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, y del Decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y se abroga su Ley Orgánica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.

El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, este 1° de mayo, excepto por la reforma al artículo 39 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, la cual entrará en vigor el primer día hábil del ejercicio fiscal posterior.

En este señala que las administradoras de fondos para el retiro, las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio deberán transferir los recursos de las subcuentas al momento en que los trabajadores cumplan setenta años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar.

El Fondo de Pensiones para el Bienestar contará con un Comité Técnico que deberá emitir las reglas de operación sobre la recepción, administración, inversión, entregas y rendimientos de recursos al Instituto Mexicano del Seguro Social.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5725265&fecha=30/04/2024#gsc.tab=0