Senador Antonino Morales propone que deudores litiguen en tribunales cercanos a su domicilio 

México, 18 de septiembre.- El senador oaxaqueño Antonino Morales Toledo anunció una iniciativa para modificar el Código de Comercio y la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, con el propósito de impedir que contratos bancarios y mercantiles establezcan cláusulas que obliguen a las personas deudoras a enfrentar procesos judiciales en entidades o ciudades distintas a su lugar de residencia.

El legislador señaló que esta práctica representa una barrera para el acceso efectivo a la justicia, particularmente para familias que, además de enfrentar una deuda, deben asumir gastos de transporte, hospedaje, alimentación y honorarios de abogados para poder atender un juicio fuera de su domicilio.

Morales Toledo explicó que al contratar un crédito o suscribir determinados documentos mercantiles, las personas suelen aceptar condiciones establecidas previamente por las instituciones financieras o acreedoras. 

Entre ellas se encuentra el denominado pacto de sumisión, mediante el cual se determina anticipadamente qué tribunal será competente para resolver cualquier controversia derivada del contrato.

El problema, indicó, surge cuando ese tribunal se encuentra a cientos de kilómetros del domicilio del deudor, pues la distancia puede convertirse en un obstáculo para ejercer una defensa adecuada. 

En algunos casos, sostuvo, la imposibilidad económica de trasladarse o contratar representación legal en otra entidad puede derivar en que las personas no comparezcan oportunamente ante los tribunales.

“Aquí no hay espacio para la restauración de privilegios. 

La justicia debe estar al alcance de todas y todos, no solo de quienes tienen recursos para viajar”, afirmó el senador.

La propuesta legislativa toma como referencia criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relacionados con la inaplicabilidad de cláusulas de elección de jurisdicción cuando éstas generan una afectación al derecho de acceso a la justicia.

De aprobarse la reforma, los procedimientos derivados de pagarés y contratos de adhesión tendrían que tramitarse ante los tribunales correspondientes al domicilio del deudor, con lo que se buscaría evitar que una condición contractual termine dificultando o haciendo prácticamente imposible su defensa.

El senador sostuvo que el objetivo no es eliminar las obligaciones derivadas de un crédito, sino establecer condiciones procesales que permitan a las personas ejercer sus derechos en igualdad de circunstancias.

“Gobernar con el pueblo significa garantizar que nadie quede en indefensión por no tener dinero para trasladarse”, subrayó.

Morales Toledo vinculó además la iniciativa con el proceso de elaboración de una nueva Constitución de Oaxaca, cuyo enfoque, dijo, parte de la interculturalidad y del reconocimiento de los pueblos originarios y afromexicanos.

En ese sentido, señaló que la reforma busca trasladar al ámbito de la justicia mercantil un principio de proximidad y protección de la dignidad de las personas, particularmente de quienes enfrentan condiciones económicas que limitan su capacidad para defenderse en tribunales alejados.

“Así como nuestra Constitución se construye escuchando a las comunidades, esta reforma escucha a quienes hoy son juzgados en rebeldía por no poder costear un abogado en otra entidad”, sostuvo.

El legislador consideró que las cláusulas de sumisión deben ser revisadas cuando, lejos de facilitar la solución de controversias, colocan a una de las partes en una situación de desventaja procesal.

Finalmente, hizo un llamado a sus compañeros del Congreso de la Unión para analizar y respaldar la propuesta, al considerar que se trata de una medida de justicia social que no implicaría un gasto público adicional y que tendría como finalidad fortalecer las condiciones de acceso a la justicia para las personas que enfrentan procedimientos mercantiles.

La iniciativa plantea así modificar las reglas bajo las cuales se determina la competencia territorial en este tipo de litigios, con el objetivo de que la distancia entre el domicilio del deudor y el tribunal no se convierta, por sí misma, en un impedimento para ejercer el derecho de defensa.