México, 28 de diciembre de 2017.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) abrió la puerta al reparto de tarjetas en los comicios del próximo año.
La Sala Superior determinó que el INE no está facultado para prohibir su reparto, por lo que ordenó cambiar dicha norma en el Reglamento de Fiscalización.
Al resolver quejas del PRI y del PVEM, los magistrados electorales, por unanimidad, ordenaron al INE realizar modificaciones para establecer que las erogaciones de los partidos por ese concepto se consideren meramente gastos de campaña, a fin de determinar posibles rebases.
A raíz del reparto de miles de tarjetas «rosas» por parte del PRI en Coahuila y el Estado de México, el Consejo General del INE reformó en septiembre su Reglamento de Fiscalización para impedir la entrega de tarjetas u otro tipo de propaganda –como plásticos, volantes y trípticos– que oferte un beneficio en virtud del triunfo de un determinado candidato.El árbitro electoral estableció en el artículo 143 Quáter del reglamento que dichos gastos serían considerados «gastos sin objeto partidista», es decir, si bien se contabilizan en las erogaciones de los candidatos en la etapa de fiscalización, también ameritan sanciones por tratarse de gastos prohibidos.
A propuesta del magistrado José Luis Vargas, la Sala Superior resolvió que el INE debió ajustarse al contenido del artículo 209 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe), que prohíbe la entrega de «cualquier tipo de material» que signifique una oferta a futuro, y no específicamente de tarjetas, como propuso el árbitro electoral.
«La responsable incorpora en el reglamento una hipótesis que está reservada, a mi modo de ver, al legislador ordinario, sobre qué pueden o no hacer los partidos políticos y candidatos independientes durante los procesos electorales, así como las consecuencias que se generarían en caso de ser inobservada dicha disposición», advirtió Vargas.
Anteriormente, al resolver impugnaciones de los comicios estatales del Estado de México y Coahuila relacionadas con el reparto de tarjetas «rosas», los magistrados defendieron que se trataba de propaganda electoral válida y que no se coaccionó el voto.
Fuentes del INE señalaron que la sentencia del tribunal es grave porque, al incluirla en el Reglamento de Fiscalización, elevaría a rango de regla la posibilidad de efectuar dichas erogaciones. (Con Información de Reforma)