Regula Senado uso de drones

México, 5 de abril de 2018.- El pleno del Senado aprobó reformas para regular el uso de drones o aeronaves pilotadas a distancia.

Los cambios a la Ley de Aviación Civil y a la Ley de Aeropuertos incorporan el término de aeronave pilotada a distancia y se sustituye el concepto de navegación civil en el espacio aéreo sobre territorio nacional por el de aeródromos civiles.

Se indica que los estándares de seguridad de una aeronave pilotada a distancia (RPA) no deben ser menos demandantes que los que aplican para aeronaves tripuladas.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes tendrá la facultad de expedir y aplicar las medidas y normas oficiales mexicanas de seguridad operacional que deben observar los servicios de transporte aéreo, así como verificar su cumplimiento y las relativas a la certificación y operación.
Los documentos por los cuales se adquiera, transmita, modifique, grave o extinga la propiedad, posesión y demás derechos reales sobre las aeronaves civiles pilotadas a distancia se deberán inscribir en el Registro Aeronáutico Mexicano, conforme a lo especificado en la Norma Oficial Mexicana correspondiente.

La nueva norma determina que el establecimiento de fábricas de aeronaves y sus componentes requerirá de certificado de producción.

Los permisos para los servicios de transporte aéreo nacional no regular, internacional no regular y privado comercial se otorgarán por plazo indefinido y para los vuelos internacionales regulares se podrá conceder por plazo indefinido sólo si existen convenios internacionales recíprocos.

También, se advierte que las concesiones o los permisos se podrán revocar por infringir las condiciones de seguridad operacional y destaca sanciones más altas para los comandantes o pilotos de cualquier aeronave civil que incumplan normas de seguridad.

Con las reformas también se incorporan en las leyes de Aviación Civil y de Aeropuertos los conceptos de Código Penal Federal y Código Civil Federal, así como el de Unidades de Medida y Actualización (UMA).