Corte admite recursos de reclamación por Ley de Remuneraciones

México, 13 de diciembre de 2018.- La Suprema Corte de Justicia admitió a trámite y turnó al Ministro Javier Láynez los recursos de reclamación que cuestionan la suspensión contra la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, dictada el 7 de diciembre por el Ministro Alberto Pérez Dayán.

Las reclamaciones fueron presentadas por el consejero jurídico del Ejecutivo, Julio Scherer, y por la Cámara de Senadores, y toca resolverlos a una de las Salas o al Pleno de la Corte.

Este viernes será el último día de labores del Poder Judicial, por lo que estos recursos ya no serán resueltos este año, lo que implica que la suspensión dictada por Pérez Dayán estará vigente cuando la Cámara de Diputados discuta y apruebe el Presupuesto de Egresos de 2019.

Los reclamantes alegan que Pérez Dayán violó la ley reglamentaria de las acciones de inconstitucionalidad, que prohíbe a los Ministros suspender la vigencia de una ley mientras la Corte resuelve si se apega a la Carta Magna.

La suspensión no impide a la Cámara reducir salarios, pero si le ordena abstenerse de aplicar la Ley de Remuneraciones al aprobar los tabuladores para 2019, y basarse únicamente en los principios Constitucionales sobre percepciones de los servidores públicos.

A su vez, la Constitución prohíbe expresamente reducir los salarios de Ministros, magistrados y jueces de los poderes judiciales Federal y locales.

Para el resto de los servidores públicos, que no tienen esta protección expresa, la suspensión ordena fundar y motivar cualquier reducción que llegue a aplicarse, y que es previsible para miles de mandos de todos los Poderes y órganos debido a que el tope serían los 108 mil pesos que el Presidente Andrés Manuel López Obrador se asignó como salario.

Tanto la CNDH como los senadores de Oposición que demandaron ante la Corte, alegan que la Ley de Remuneraciones permite la arbitrariedad, pues no contiene parámetro alguno para fijar el salario del Presidente de la República, y por tanto se dejan a una decisión unilateral del Ejecutivo las percepciones de Poderes y órganos con autonomía Constitucional. (Con Información de Reforma)