Aprueba Senado Ley Nacional de Extinción de Dominio

México, 1 de julio de 2019.- El pleno del Senado aprobó con 109 votos en pro la expedición de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, para desarticular la estructura financiera del crimen organizado que se estima en 50 mil millones de dólares anuales.

La extinción de dominio será imprescriptible en caso de que los bienes sean de origen ilícito y para el caso de bienes de destinación ilícita la prescripción será de 20 años, contados a partir de que el bien se haya destinado a realizar hechos ilícitos.

La norma es reglamentaria del artículo 22 de la Constitución y, establece que no se creará como lo propuso el presidente Andrés Manuel López Obrador, el Instituto para Devolverle al Pueblo lo Robado. En su lugar se constituye el Instituto de Administración de Bienes y Activos que regulará su administración y destino.

La ley aplicará para 11 delitos: De delincuencia organizada, secuestro, en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, contra salud, trata de personas, por hechos de corrupción, encubrimiento, cometidos por servidores públicos, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita y extorsión.

El Ministerio Público contará con 10 años para solicitar la extinción de dominio que se entenderá como la pérdida de los derechos que tenga una persona en relación con los bienes, sin contraprestación ni compensación alguna para su propietario o para quien se ostente como tal.

Samuel García, senador de Movimiento Ciudadano, afirmó que ahora sí con esta figura se podrán confiscar bienes del pasado al ser retroactiva.
“Que ya es o será una realidad ir por la Casa Blanca de Grupo Higa o ir por cuanta propiedad, bien mueble, inmueble, cuenta bancaria haya hacia el pasado (…) esta figura si va a aplicar de manera retroactiva sobre actos de corrupción del pasado. Esta figura va a ser imprescriptible, porque hay una máxima: cuando alguien tiene un bien ilícito ni la herencia, ni la muerte, ni sus hijos, ni nietos pueden disfrutar lo que se robó o lo que sacó de la corrupción”.

La extinción de dominio será un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y procederá sobre aquellos bienes de carácter patrimonial cuya legítima procedencia no pueda acreditarse, en particular, bienes que sean instrumento, objeto o producto de los hechos ilícitos.

Los bienes objeto de extinción de dominio podrán disponerse o venderse por compraventa, permuta o cualesquiera otras formas jurídicas de transmisión de la propiedad a través de licitación pública, subasta, remate o adjudicación directa. Incluida, la donación.

Los recaudado por la venta de los bienes se destinará a 3 rubros: Reparación del daño de las víctimas, al Plan Nacional de Desarrollo y a políticas públicas prioritarias conforme lo determine el gabinete social de la Presidencia de la República.

En cuanto a los remanentes de los bienes, se depositarán en una Cuenta Especial, manejada por la autoridad administradora. Estos recursos no serán utilizados para gasto corriente o pago de salarios.
Para la extinción de dominio no habrá secreto bancario, ni se impedirá el acceso a datos bursátiles o tributarios.

Se constituye un fondo de 10 por ciento de las ventas de los bienes, para resarcir los daños a las personas que resulten inocentes al final del proceso judicial, en caso de que el bien haya sido donado, destruido o que exista una condición que imposibilite su devolución, se pagará el valor del bien al momento del aseguramiento.

Habrá recompensas del 5 por ciento del total que obtenga el Estado por la venta del o los inmuebles incautados a los ciudadanos que aporten evidencias a la investigación.

Damián Zepeda, senador del PAN, resaltó que con esta ley se le pegará al crimen organizado donde más le duele: en su dinero.

“La extinción de dominio lo que busca es pegarle en el bolsillo financiero a la estructura del crimen. Ha funcionado en otros países del mundo, particularmente Colombia, algunos países europeos y, es la manera de pegarle al crimen organizado en donde más le duele: en el dinero, con independencia de los procesos penales que se lleven a cabo. (…) y así podemos ir tras los 50 mil millones de dólares que se estima que tiene de valor el crimen organizado al año”.

Claudia Anaya, senadora PRI, pidió al gobierno que la ley no se utilice para causar daños políticos.

“Esperamos que sea bien utilizada por la Fiscalía. Esperamos que sea bien utilizada por el Estado mexicano y, que no sea una herramienta frívola o que no sea una herramienta para causar daños políticos o daños en la integridad de las personas. Es muy importante que esta herramienta se utilice con suma responsabilidad para lo que fue hecha, para darle un golpe financiero al crimen organizado”.
En la ley se establece que el fiscal general de la República presentará un informe anual al Senado con el número de juicios en materia de extinción de dominio en trámite, sentencias emitidas, valor de lo estimado de los bienes sujetos a juicio, ingresos obtenidos y número de solicitudes de cooperación en trámite.

Las fiscalías de los estados contarán con unidades especializadas en materia de extinción de dominio. Además, de que se crea un Registro Nacional en donde se inscribirán las demandas de extinción de dominio, las sentencias y los bienes.

Se prevé la cooperación internacional para la recuperación de bienes en el extranjero.

Además, de la expedición de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se reforman el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, la Ley de Concursos Mercantiles y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.