Aprueban en lo general, en comisiones del Senado, uso lúdico de marihuana

México, 4 de marzo de 2020.- La mayoría de Morena y sus aliados en el Senado aprobó en comisiones, en lo general con 26 votos en pro, 7 en contra y 8 abstenciones la Ley para la Regulación del Cannabis, que descriminaliza ésta para fines lúdicos.

El consumo recreativo de marihuana será sólo para mayores de 18 años y con posibilidad de manifestar expresamente su consentimiento libre e informado.

La posesión de cannabis será sancionada hasta con 10 años de prisión, cuando la cantidad de la que se trate sea superior a 200 gramos e inferior a 56 kilogramos.

En ambos casos, siempre que no existan elementos suficientes para presumir delincuencia organizada.

Los integrantes de las comisiones dictaminadoras de Justicia, Salud y Estudios Legislativos Segunda acordaron que las reservas al proyecto de dictamen se discutirán en una sesión posterior.

Damián Zepeda, senador PAN, fijó la postura de su partido en contra del uso recreativo de la marihuana.

“Que no creo que tenga nada de bueno permitir el fácil acceso a los mexicanos, particularmente, jóvenes, para que usen una sustancia que no les trae nada de positivo. No creo que sea sano hacer fácil el acceso a las drogas a los mexicanos. (…) Que esto no le va a traer nada de positivo a México y por eso estamos en contra”.

También, la priísta Claudia Ruiz Massieu, expresó que su bancada no respaldaría el dictamen.

“Apreciamos muchas deficiencias en el dictamen que hoy no nos permiten pronunciarnos a favor. (…) Nos hubiera gustado un dictamen que se abocara primero realmente a la despenalización efectiva de la posesión de la cannabis y que atendiera también a la regulación equilibrada del uso personal por la población adulta, que asumiera la cuestión del tránsito de un mercado ilegal a su legalización”.

La senadora de Morena, Margarita Valdés, esgrimió que la marihuana es menos dañina que el café, el tabaco y el alcohol.

“He visto como daña el café, el tabaco, el alcohol daña mucho más, como dice la senadora, que un churro, sí. Y sin embargo, no hemos podido cerrar esas puertas, así de simple, es más ni la lucha le hemos hecho. La favorecemos, la empujamos y hacemos todo lo demás”.

El dictamen establece el aumento en la posesión de 5 a 28 gramos para consumo personal.

Esta ley “debe contribuir al abandono de la política distorsionada de la guerra contra el narcotráfico que se ha caracterizado por un gran número de homicidios, disputa de plazas entre cárteles de la droga, desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias, corrupción y violencia generalizada, para transitar hacia un país que los disminuya en gran medida y fomente la paz y la seguridad”.

Según el dictamen, la marihuana de consumirse debe hacerse en sitios privados, sin escándalo o alarde, para evitar la afectación a personas no interesadas en su consumo.

La cannabis tendrá los siguientes usos:

I.- Lúdico o recreativo: a) Para uso personal o consumo propio; b) Para uso compartido entre quienes integran asociaciones de consumo del cannabis psicoactivo y c) Uso comercial para fines lúdicos o recreativos de personas adultas.
II.- De investigación
III.- Médico, farmacéutico o paliativo y,
IV.- Industrial

Se permite a personas mayores de edad para uso personal o de autoconsumo sembrar, plantar, cultivar, cosechar, aprovechar, prepara, portar y consumir marihuana.

Se limita a 4 plantas de cannabis para cosecha o plantación por vivienda o casa habitación donde viva una persona consumidora mayor de edad.

El Estado deberá otorgar asesoría, facilidades y en su caso, acompañamiento necesarios a las personas campesinas, indígenas e integrantes de comunidades, así como a grupos de micro y pequeños agricultores con el objeto de facilitarles el acceso a la información y cumplimiento de requisitos necesarios para acceder a los beneficios de programas, planes y mecanismos para la siembra de cannabis.

Estos tendrán acceso a financiamiento de la banca de desarrollo y comercial, así como la asesoría respectiva a fin de que puedan ser titulares de alguna de las licencias.

Al menos el 40 por ciento de las licencias de cultivo deberán otorgarse preferentemente a pueblos y comunidades indígenas, personas campesinas o ejidatarias en los municipios en los que durante el periodo en el que estuvo prohibido el cannabis, los gobiernos federales, estatales y municipales hayan realizado tareas de erradicación de plantíos.