México, 24 de marzo de 2020.- En medio de la Fase 2 por el coronavirus, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecom) solicitó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) ampliar el plazo para la presentación de la declaración anual, tanto para personas morales, como para personas físicas hasta el 31 de julio de 2020.
Pidió también ampliar el plazo que prevé la regla 2.3.2 de la Resolución de la Miscelánea Fiscal para 2020, para solicitar la devolución del ISR de las personas físicas a través del Sistema Automático de Devoluciones durante todo el ejercicio fiscal de 2020.
Al igual que otorgar la opción para que las personas morales paguen el impuesto que les resulte a cargo en la declaración anual hasta en seis parcialidades, sin necesidad de requerir autorización y sin la obligación de garantizar el interés fiscal, facilidad que actualmente se otorga en términos de la regla 2.14.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, exclusivamente a las personas físicas.
Diferir hasta el 31 de julio de 2020 la presentación de los pagos provisionales tanto de personas morales, como de personas físicas correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo de 2020.
Tomando en cuenta que para la presentación del recurso de revocación resulta indispensable la utilización de la “e-firma” y que existen casos en los que a los contribuyentes ya se les venció, aunado a que se encuentran saturadas las citas para la renovación de ésta, se sugiere al SAT suspender los plazos para la interposición de ese medio de defensa.
Al lanzar la campaña “Declara en Tú Casa”, la Prodecon indicó que el Servicio de Administración Tributaria devolverá en 3 días el saldo a favor a los contribuyentes. Por lo que si el 1 de abril de 2020, los contribuyentes presentan su declaración anual normal o complementaria del ejercicio 2019, el saldo a favor autorizado les será depositado el 3 de abril de 2020.