México, 29 de septiembre de 2020.- El pleno del Senado aprobó por unanimidad de votos, modificaciones a la Ley General de Bienes Nacionales que imponen multas de más de 1 millón de pesos al particular que prohíba el acceso a las playas y a la zona federal marítimo terrestre del país.
Los cambios avalados con 107 votos en pro, establecen multas de 3 mil a 12 mil veces el valor (86.88 pesos) de la Unidad de Medida de Actualización (UMA) a quien también inhiba, restrinja, obstaculice o condicione la entrada a las playas.
La multa más alta será de 1,042,560 pesos, es decir, 12 mil veces el valor de la UMA.
Mónica Fernández, presidenta de la Comisión de Gobernación y senadora de Morena, declaró que estas modificaciones a la norma aseguran el derecho al libre tránsito por las playas nacionales.
“Hay que señalar que la restricción al acceso de playas que realizan los propietarios de predios colindantes a la zona federal marítimo-terrestre, representa un acto de discriminación a los ciudadanos, pues asumen como propia una franja que no está en el comercio y cuyo dominio corresponde a la nación”.
El priísta y presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Manuel Añorve, reiteró que con estas adecuaciones se garantiza el acceso libre a las playas.
“Algunas personas físicas y morales han ido restringiendo el uso de estas zonas públicas, menoscabando el derecho de todos los mexicanos de su disfrute. (…) Por ello, el disfrute público de las playas no solo es un derecho, sino que esto lo constituye un patrimonio invaluable, al cual todas las personas deben de tener acceso libre y sin restricciones”.
Antonio García Conejo, senador del PRD y presidente de la Comisión de Turismo, celebró los cambios.
“Eso va a ayudar sin duda a evitar discriminación, porque si la hay. Cuántos de nosotros no hemos ido a algún lugar turístico y, encuentran letreros donde está prohibido el paso. Pero, aparte de eso, no consienten que alguien se instale a disfrutar de la playa, a disfrutar de un recurso natural y que son bienes de la nación”.
En el dictamen se establece que en caso que no existan vías públicas o accesos desde la vía pública, los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítima terrestre, deberán permitir el libre acceso a la misma, así como a las playas mediante los accesos que para tal efecto convenga la Secretaría de Medio Ambiente.
Para el caso de titulares de concesiones, permisos, autorizaciones y acuerdos de destino respecto del aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre, en caso de reincidencia, además de la sanción establecida, se revocará la concesión, autorización o permiso.
El decreto fue enviado al Ejecutivo Federal para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación.