México, 3 de noviembre.- Las empresas proveedoras de servicios de internet podrán ser responsabilizadas por las infracciones a derechos de autor cometidas por sus usuarios y enfrentar multas de hasta 40 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, 4 millones 692 mil 400 pesos, si incumplen las obligaciones establecidas en la Ley Federal del Derecho de Autor y se acredita que participaron en las conductas ilícitas o se beneficiaron económicamente de ellas.
En la sesión de este martes, el pleno del Senado aprobó con 72 votos en pro y 32 en contra reformas a los artículos 114 Octies, 114 Nonies y 232 Septies de la legislación, con el propósito de fortalecer la responsabilidad secundaria de los intermediarios digitales frente a la distribución de contenidos protegidos en internet.
La propuesta presentada originalmente por la presidenta Claudia Sheinbaum, busca cerrar espacios para la explotación no autorizada de obras, música, materiales audiovisuales y otros contenidos protegidos por derechos de autor, sin convertir automáticamente a las plataformas y empresas tecnológicas en responsables de todo lo que publican sus usuarios.
Uno de los cambios centrales consiste en establecer que los proveedores de internet deberán contar con una política pública para suspender o terminar la prestación del servicio a usuarios reincidentes en infracciones a derechos de autor.
Esta disposición deberá publicarse permanentemente en sus sitios de internet, incorporarse a los términos y condiciones del servicio e incluir mecanismos mínimos de notificación a las personas afectadas.
Durante la discusión, Morena defendiendo que las modificaciones no implican censura ni vigilancia generalizada, mientras el PRI y Movimiento Ciudadano advirtieron que podrían propiciar la eliminación arbitraria de publicaciones, multas millonarias y restricciones al acceso a internet.
El presidente de la Comisión de Economía, Emmanuel Reyes, defendió el dictamen al señalar que busca cumplir con los compromisos internacionales de México, particularmente los establecidos en el T-MEC, que obliga a garantizar recursos legales efectivos contra las infracciones en línea y establecer límites razonables a la responsabilidad de los intermediarios digitales.
Subrayó que no se establece un monitoreo generalizado de contenidos, bloqueo administrativo de servicios ni penas de prisión para las empresas.
En contraste, la senadora del PRI Claudia Anaya presentó una moción suspensiva para devolver el dictamen a comisiones y advirtió que la reforma podría vulnerar los artículos constitucionales relacionados con la libertad de expresión, la seguridad jurídica y el debido proceso.
Cuestionó que los proveedores puedan enfrentar multas de hasta seis millones de pesos por no suspender el servicio a usuarios reincidentes, pese a que, sostuvo, no existe claridad sobre cuántas infracciones configuran esa condición ni sobre los procedimientos para determinarla.
El coordinador de Movimiento Ciudadano, Clemente Castañeda, anunció el voto en contra de su bancada y reconoció que combatir la piratería y proteger el trabajo de artistas y creadores es necesario, pero consideró que la reforma carece de proporcionalidad y certeza jurídica.
Por su parte, el coordinador priista Manuel Añorve acusó que las modificaciones podrían generar un modelo de censura indirecta, al incentivar que las empresas retiren contenidos preventivamente para evitar sanciones económicas.
Advirtió que este mecanismo podría derivar en autocensura y afectar principalmente a periodistas, ciudadanos y usuarios que utilizan internet para criticar al gobierno.
En defensa del dictamen, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Primera, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, sostuvo que la reforma busca equilibrar la protección de los derechos de autor con las libertades digitales.
La senadora del PAN, Gina Campuzano, advirtió que la reforma podría abrir la puerta a la censura de investigaciones periodísticas, denuncias de corrupción, videos y contenidos críticos del gobierno, bajo el argumento de proteger la propiedad intelectual.
Sostuvo que las nuevas responsabilidades y sanciones para los proveedores de servicios de Internet generarían incentivos para retirar publicaciones ante el riesgo de enfrentar multas millonarias, en lugar de defender la permanencia de los contenidos.
El dictamen también incorpora dos supuestos bajo los cuales las empresas podrán perder el beneficio conocido como puerto seguro, mecanismo que actualmente limita su responsabilidad por los contenidos que transmiten, almacenan o alojan sus redes.
El primero contempla los casos en que el proveedor contribuya, induzca o cause una conducta infractora y tenga conocimiento de ella.
El segundo se refiere a situaciones en las que tenga capacidad para controlar la conducta del usuario infractor y obtenga un beneficio financiero directamente atribuible a esa actividad.
De esta manera, las compañías no serán sancionadas simplemente por prestar servicios de conexión o intermediación tecnológica, sino cuando incumplan las condiciones legales de protección y además se actualice alguno de los supuestos de participación o beneficio económico establecidos en la reforma.
El artículo 232 Septies establece que los proveedores que incurran en esas conductas serán responsables de las mismas infracciones cometidas por sus usuarios y podrán recibir multas impuestas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).
Las sanciones contemplan multas de cinco mil hasta 40 mil UMA para determinadas infracciones previstas en el artículo 231 de la ley; de mil a cinco mil UMA para otros supuestos, y de 500 a mil UMA para las conductas restantes contempladas en esa disposición.
Además, se prevé una multa adicional de 100 a 500 UMA para quienes persistan en la infracción.
El documento legislativo sostiene que la reforma no establece un régimen de responsabilidad automática ni obliga a las compañías a vigilar permanentemente todos los contenidos que circulan por sus redes. Tampoco contempla censura previa, monitoreo generalizado o facultades de bloqueo indiscriminado.
Se argumentan que imponer una responsabilidad objetiva podría provocar que las plataformas retiren contenidos en exceso para evitar sanciones, lo que afectaría la libertad de expresión, el acceso a la información, la innovación tecnológica y el libre flujo de información en internet.
Como parte de la justificación de la reforma, el dictamen cita información de la Asociación Protectora de Derechos Intelectuales Fonográficos (APDIF), según la cual durante 2023-2024 fueron eliminados 127 millones 151 mil 955 contenidos infractores en plataformas digitales, equivalentes a aproximadamente 348 mil 362 bajas diarias. Para el periodo 2024-2025, la cifra reportada fue de 72 millones 406 mil 879 contenidos retirados.
La iniciativa también busca armonizar la legislación mexicana con los compromisos internacionales establecidos en el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), particularmente en materia de protección de la propiedad intelectual y recursos legales.











