México, 16 de septiembre de 2020.- En el límite del plazo, que venció a las 00:00 horas de este miércoles, senadores del PAN, PRI, PRD, de Movimiento Ciudadano y dos de Morena, presentaron una solicitud de consulta popular para determinar la entrega o no de un apoyo económico a nivel nacional a los trabajadores formales e informales que perdieron su empleo o vean disminuidos sus ingresos por la crisis económica originada por la pandemia de Covid-19.
La panista Xóchitl Gálvez, en su carácter de representante común de diversas senadoras y senadores presentó la solicitud de consulta.
Las y los 43 legisladores firmantes de la petición plantearon la siguiente pregunta para que se realice la consulta popular.
¿Está usted de acuerdo en que el gobierno federal otorgue un apoyo económico a las trabajadoras y trabajadores formales e informales que pierdan su trabajo o disminuyan sus ingresos con motivo de crisis económicas por las que atraviese el país, como la originada por la contingencia sanitaria del COVID-19?
La solicitud fue recibida por la Secretaría Técnica de la Presidencia del Senado a las 23:28 horas.
Según la Ley Federal de Consulta Popular (LFCP) ahora el presidente del Senado, Eduardo Ramírez, dará cuenta de la misma y la turnará a la Comisión de Gobernación y, en su caso, a las comisiones que corresponda.
El dicta,en de la petición deberá ser aprobado por la mayoría de cada cámara del Congreso, en caso contrario, se procederá a su archivo como asunto total y definitivamente concluido.
Aprobada la petición por el Congreso, la cámara revisora la enviará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación con la propuesta de pregunta para que resuelva y le notifique sobre su constitucionalidad dentro de un plazo de veinte días naturales.
En el supuesto de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declare la inconsitucionalidad de la materia de la consulta, el presidente de la Mesa Directiva de la cámara revisora, publicará la resolución en la Gaceta Parlamentaria, dará cuenta y procederá a su archivo como un asunto total y definitivamente concluido.
Si la resolución de la Suprema Corte es en el sentido de reconocer la constitucionalidad de la materia, el Congreso expedirá la convocatoria de la consulta popular mediante decreto, la notificará al Instituto Nacional Electoral para los efectos conducentes y ordenará su publicación en el Diario Oficial de la Federación.



