Propone Monreal cohecho sexual como nuevo tipo penal y pena de 21 años de cárcel

México, 20 de abril de 2021.- Ricardo Monreal, coordinador de Morena en el Senado, propuso como nuevo tipo penal el cohecho sexual, mismo que se sancionará con una pena de 21 años de prisión.

En la adición de una fracción IV al artículo 222 del Código Penal Federal, define como cohecho sexual lo siguiente:

“El servidor público que por sí, o por interpósita persona, solicite favores de tipo sexual para hacer o dejar de realizar un acto propio de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión u otorgar algún servicio o insumo que por ley corresponde”.

En la exposición de motivos de su iniciativa, el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) recuerda que 15,732 personas por cada 100 mil habitantes experimentaron algún acto de corrupción, según la Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental (ENCIG) 2019 levantada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

Estima el costo de la corrupción en 12 mil 770 millones de pesos tan sólo en la realización de pagos, trámites o solicitudes de servicios públicos relacionados con la vida cotidiana de los hogares, sin incluir estimaciones por actividades que permiten el desarrollo de las unidades económicas o de corrupción entre servidores públicos.

Según Transparencia Internacional en su Índice de Percepción de la Corrupción, en 2020 México se encontró en el lugar 124 de 180 países evaluados.

Ricardo Monreal reconoce que la figura del cohecho ha quedado parcialmente superada, lo anterior debido a una nueva figura, en la que no sólo se pone de por medio una vulneración económica hacia la víctima, la sociedad o el Estado, sino que se materializa en contra de la libertad psicosexual de las personas.

Esto sucede cuando el servidor público condiciona su actuar a la búsqueda de un beneficio, siendo este de índole sexual.

Recuerda que en marzo pasado el Senado recibió el Informe Anual de Actividades y Resultados 2021 de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de la Fiscalía General de la República, en el cual se considera pertinente que en el delito de cohecho, se tipifique el cohecho sexual.

Ya que en los términos vigentes, dicho delito refiere el valor de la dádiva, bienes, promesa o la prestación en términos estrictamente económicos.

No obstante se señala la existencia de servidores públicos, que suelen pedir favores sexuales a las personas usuarias para realizar sus funciones u otorgarles algún servicio o insumo que por ley les corresponde.