Propone Mancera que pensiones por viudez se mantengan en segundas nupcias

México, 15 de septiembre de 2023.- Miguel Ángel Mancera, coordinador del PRD en el Senado, presentó al pleno una iniciativa de reforma para que las personas beneficiarias no pierdan su derecho a recibir una pensión por viudez cuando contraigan matrimonio por segunda ocasión o vivan en concubinato.

La propuesta modifica el artículo 135 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

El ex jefe de Gobierno establece que el andamiaje legal de esta reforma, está sostenido en los artículos 1° y 4° de la Constitución Política en materia de no discriminación y derecho a la conformación de una familia, respectivamente, motivo por el que aseguró que esta distinción afecta a las garantías de igualdad y al derecho fundamental de la seguridad social.

“Hasta el día de hoy el artículo 135 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B del 123, señala que los derechos a percibir pensión se pierden para los familiares derechohabientes de la o el trabajador o de la o el pensionado por alguna de las siguientes causas y las que han sido objeto de análisis y por supuesto de estima inconstitucional, son las siguientes:

Porque la o el pensionado contraigan matrimonio o llegasen a vivir en concubinato o suscriban una unión civil, así como al contraer matrimonio, vivir en concubinato o suscribir una unión civil, la viuda o viudo o concubina o concubinario quien haya suscrito esa unión civil y le sobreviva recibirán como única y última prestación el importe de seis meses y después de ello se extingue la pensión”, argumentó.

Por ello, insistió en que, bajo ese supuesto, la persona afectada tiene derecho a rehacer su vida por lo que dicha iniciativa beneficiaría, sobre todo, a muchas mujeres que se encuentran en este supuesto.

“Alguna vez se argumentó que lo que se está cuidando son las cuentas de los demás trabajadores o trabajadoras para que no se afecte porque, como tiene una nueva relación, pues ya no se necesitan y ya no se necesita de ese recurso. Pero, fíjense que no es causa de extinción de este derecho, si tiene un nuevo trabajo, entonces, no es el sentido económico, sino es precisamente la afectación a la garantía de igualdad y por supuesto a este derecho fundamental”, señaló.