INE responde a CNDH que no vulnera libertad de expresión de influencers y periodistas

México, 29 de agosto de 2022.- El Instituto Nacional Electoral (INE), aclaró que siempre ha respetado, promovido y garantizado el derecho humano a la libertad de expresión de periodistas, actores políticos, así como de usuarios, comentaristas, activistas en redes sociales y de la ciudadanía en general.

El instituto respondió al llamado que hizo la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) a respetar la libertad de expresión, asegurando que el INE ha impuesto sanciones y multas a periodistas e influencers por expresar sus puntos de vista sobre el acontecer político en México.

El órgano electoral aclaró que no le corresponde imponer sanciones ni resolver de fondo las quejas en materia electoral.

La CNDH consideró que estas sanciones representan un retroceso para nuestra joven democracia, toda vez que su implementación puede conducir a actos de autocensura y coerción que limitan el debate público e incluso a atizar el clima de violencia que padecen las y los comunicadores.

El INE respondió que “aun cuando la CNDH reconoce que carece de facultades constitucionales para emitir pronunciamientos en materia electoral, emite uno en donde se sugiere que el INE ‘vulnera el derecho a la libertad de expresión mediante la imposición de sanciones que podrían derivar en actos de censura’.

Llama la atención que un organismo público autónomo, como lo es la CNDH, emita juicios de valor y pronunciamientos que podrían confundir a la opinión pública, al imputarse al instituto acciones que escapan de sus atribuciones y facultades legales.

Respecto a las sanciones, el INE explicó que es una facultad que recae en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por medio de la Sala Regional Especializada y, en última instancia, por parte de la Sala Superior.

Aclaró que la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, previa propuesta de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, puede determinar la aplicación de medidas cautelares cuando así lo solicitan los quejosos y cuando así se dictamina a partir del análisis de los casos.

Estas medidas pueden implicar la suspensión de la difusión de publicaciones en redes sociales hasta que el fondo del asunto se resuelva.

“Estas decisiones no son novedosas ni discrecionales, desde que la autoridad electoral cuenta con dicha atribución (2007), se han dictado medidas cautelares contra cualquier actor político denunciado sin importar su militancia política. El INE aplica la ley sin distingo”, subrayó.

Por tanto, el INE expuso que hacer requerimientos y generar citatorios a las personas denunciadas, lejos de vulnerar derechos como se insinúa en el pronunciamiento de la CNDH, constituye una garantía básica que tiene toda persona de exponer sus argumentos dentro de lo que se conoce como debido proceso, que es un derecho que todo órgano de garantía está obligado a conocer y proteger.