Concede Corte a Cofece suspensión de política energética de Sener

México, 29 de junio de 2020.- Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió la política energética de Rocío Nahle, titular de la Secretaría de Energía (Sener), toda vez que concedió una suspensión a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), tras interponer una controversia constitucional.

La Cofece señaló que la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), que emitió la Sener el pasado 15 de mayo de 2020 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), violenta los principios de competencia y libre concurrencia que están ordenados en la Constitución, lo que invade su esfera competencial y afecta su mandato constitucional.

El instrumento publicado en el DOF afecta de manera grave la estructura económica del sector de electricidad, ya que elimina la posibilidad de que este opere en condiciones de competencia y eficiencia, así como en los términos dispuestos en el conjunto del marco normativo vigente del país para este sector”, apuntó.

El ministro de la SCJN emitió un acuerdo, tras admitir a trámite la controversia, con el que suspendió “todos los efectos y consecuencias del Acuerdo por el que se emite la Política”.

La Cofece indicó que la Política se contrapone a los artículos 16, 28 y 133 constitucionales, y a las leyes aplicables en materia de electricidad que establecen competencia en la generación y suministro de electricidad.

La Política impugnada compromete tanto el acceso abierto y no discriminatorio a las redes de transmisión y distribución (insumo indispensable en esta industria), como el criterio de despacho económico que rige la operación del mercado eléctrico mayorista; asimismo, otorga ventajas en favor de ciertos participantes y disminuye la capacidad de competir de otros, sacrifica la eficiencia y establece barreras a la entrada en la generación eléctrica”, explicó.

El organismo había solicitado a la SCJN pronunciarse sobre los límites que tiene un regulador sectorial frente a los principios constitucionales de competencia cuando emite una disposición que afecta tan gravemente la dinámica competitiva de un mercado, en perjuicio del mandato que corresponde tutelar a la Cofece y del bienestar de los consumidores. (Con información de López-Dóriga Digital)